El control de presencia debe ser un sistema fiable y eficaz que registre el tiempo de permanencia en el centro de trabajo
La ausencia de sistemas eficaces de registro de la jornada ha motivado que los inspectores de trabajo detecten otras anomalías. Éstas han sido sancionadas con más de 1 millón de euros a las empresas.
Se cumple ahora medio año de la entrada en vigor del Real Decreto que regula el registro de la jornada laboral en España. En todo este tiempo podemos afirmar sin lugar a equivocarnos que han sido pocas las empresas que se han tomado en serio el establecimiento de sistemas de “fichaje”.
La la respuesta de la Inspección de Trabajo a este mandato no se ha hecho esperar. Dos de cada 10 empresas inspeccionadas no han superado la temida vista. Es más, Inspección de Trabajo ha impuesto más de un millón de euros en sanciones. Si bien sólo algo más de 100.000 euros se corresponden estrictamente al incumplimiento.
El Real Decreto-ley incluyó, entre otras medidas, la obligatoriedad del registro de tiempo de trabajo. Este registro horario se aplica a todas las personas trabajadoras, al margen de su categoría o grupo profesional. Se aplica en todos los sectores de actividad y empresas. Siempre y cuando estén incluidas en el ámbito de aplicación que define el artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores. En este ámbito se incluye al teletrabajo y otras fórmulas de horario flexible. Al igual que a trabajadores móviles como los comerciales. Las únicas excepciones son determinadas relaciones laborales de carácter especial, como el personal de alta dirección.
El Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha informado de los primeros resultados relacionados con la entrada en vigor de la obligación del registro de la jornada.
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Más de 5.000 expedientes a empresas.
Trabajo se ha tomado muy en serio el Registro de la Jornada. Entre mayo y octubre, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha finalizado 5.363 expedientes relacionados con el registro de jornada y el tiempo de trabajo. Un 3,9% más que en el semestre anterior (noviembre 2018 a abril 2019). En estos expedientes, se han constatado 980 infracciones, un 9,8% más que en los seis meses anteriores. Se han detectado infracciones en materia de tiempo de trabajo en el 18,3% de las empresas inspeccionadas.
El importe de las sanciones reclamadas asciende a 1.263.378,5 euros. 113.181 euros se han propuesto en expedientes que versan exclusivamente sobre el registro de jornada. 1.150.197,5 euros en expedientes inscritos en la campaña específica en materia de tiempo de trabajo que desarrolla la Inspección.
“Si el sistema de registro se usa como medio de prueba se necesita un sistema eficaz, como control de presencia de e-coordina”
En las actuaciones de esta campaña se ha revisado la existencia del registro de jornada y éste se ha utilizado como medio de prueba para la realización de la actuación inspectora.
Para reforzar y aumentar las actuaciones llevadas a cabo en estos seis meses, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en coordinación con las Comunidades Autónomas, va a poner en marcha en 2020 una nueva campaña de inspección específica sobre el registro horario.
Expedientes de registro horario y campaña.
En concreto, durante estos seis meses se han iniciado 2.010 expedientes que versan exclusivamente sobre registro de jornada. Se han finalizado por el momento 505. Como resultado, se han propuesto un total de 107 infracciones y se han realizado 189 requerimientos de subsanación.
Por otra parte, dentro de la campaña específica en materia de tiempo de trabajo desarrollada anualmente por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se han finalizado 4.858 expedientes. En este contexto, se han propuesto 873 infracciones por un importe conjunto de 1.150.197,5 euros en materia de tiempo de trabajo y horas extraordinarias. Además, se han efectuado 1.482 requerimientos.
Con la suma de ambas acciones, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha finalizado entre mayo y octubre los anteriormente citados 5.363 expedientes relacionados con el registro de jornada y el tiempo de trabajo, un 3,9% más que en el semestre inmediatamente anterior.
“Yo no lo sabía”.
A pesar del tiempo transcurrido; de las advertencias, son miles las empresas que aún no han implementado en sus sistemas de gestión herramientas para registrar la jornada. En muchos casos ha sido la falta de información. Pero después de medio año a La Inspección no le sirve el “yo no lo sabía. Desconocimiento, procrastinación, falta de tecnología, o insuficiencia de sanciones, pueden haber sido las causas por las que las empresas posponen el establecimiento de un sistema de “fichaje”.
Las empresas que lo han intentado
En todo este tiempo ha habido empresas que lo han intentado. Pero han fracasado. El sistema elegido no ha conseguido cuajar en la mecánica de la gestión de la empresa. Firmar en papel puede estar bien para dos o tres empleados. Pero cuando la plantilla es más numerosa o las personas trabajadoras viajan, o no tienen el tajo en un único sitio, la tarea de firmar en un papel, no parece que sirva o queda en el olvido hasta que el inspector de trabajo llama a tu puerta. Y la ley la deben cumplir todos.
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