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A la espera de dos juicios por accidente laboral en 2009 y 2010:

El primer caso ocurrió en junio de 2009, en Salinas (Alicante).

Se trata de un accidente laboral mortal en el que un operario se precipitó al vacío desde una altura de siete metros. El trabajador colocaba placas solares en una nave industrial cuando pisó una placa translúcida, que se rompió provocando la caída.

En el momento de la caída, el operario llevaba arnés y casco. Sin embargo, según Inspección de Trabajo, no se cumplieron todas las medidas preventivas planificadas en el Plan de Seguridad y Salud para la realización de trabajos en cubiertas. De esta forma, no existían líneas de vida ni puntos fijos y seguros a los que anclar el arnés, ni se habían instalado sistemas anticaídas de sujeción.

La promotora de la obra no había designado a un coordinador en materia de salud y seguridad que vigilase el cumplimiento de las actividades preventivas.

Por todo ello, la fiscalía ve la existencia de un delito contra los derechos de los trabajadores y otro delito de homicidio por imprudencia. Pide cuatro años de prisión para los dos empresarios de sendas empresas de energía solar, así como para el ingeniero que realizó el estudio básico de seguridad y salud de la obra.

También solicita 3 años de inhabilitación profesional, el pago de multas y una indemnización de 120.000 euros a los herederos del trabajador fallecido.

El segundo caso ocurrió en enero de 2010, en Noreña (Asturias).

Un trabajador, oficial de segunda, calderero, quedó atrapado bajo una carga de vigas que se derrumbó, causándole policontusiones por aplastamiento pélvico y de piernas, hematomas y roturas fibrilares.

El accidentado, al que le quedaron secuelas, estuvo ocho días hospitalizado, necesitando un total de 89 días de curación.

Las vigas cargadas no estaban sujetas ni estabilizadas. Por ello, la Fiscalía considera como causa del accidente un uso y mantenimiento no adecuados de los lugares de trabajo, maquinaria y equipos durante las operaciones de cargas.

El Fiscal acusa al administrador de la empresa de construcciones metálicas, al jefe de taller y al técnico de prevención de la empresa de un delito contra la vida y la salud de los trabajadores al considerarlos conocedores de los métodos de carga. Ve ausencia de procedimiento, planificación y vigilancia.

La Fiscalía solicita para cada uno de los acusados 22 meses de prisión, inhabilitación profesional durante el mismo periodo, multa de 6.000 euros, indemnización conjunta de 4.900 euros al trabajador por lesiones más 42.900 euros por las secuelas; así como el pago de 913,69 euros a la mutua que se hizo cargo de los gastos asistenciales.